El Banco Central introdujo tres cambios en la operatoria bancaria del Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, regulado por la Ley 22.250. Lo hizo mediante la Comunicación ‘A’ 8498, del 29 de octubre de 2026. Las hojas actualizadas del texto ordenado sobre ‘Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales’ rigen desde el 30 de octubre de 2026. Primer cambio:...
Contexto del proyecto
El Banco Central introdujo tres cambios en la operatoria bancaria del Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, regulado por la Ley 22.250. Lo hizo mediante la Comunicación ‘A’ 8498, del 29 de octubre de 2026. Las hojas actualizadas del texto ordenado sobre ‘Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales’ rigen desde el 30 de octubre de 2026.
Primer cambio: el BCRA dejó sin efecto el punto que regulaba el uso de la Credencial de Registro Laboral y su Hoja Móvil complementaria y accesoria en la cuenta del fondo. La modificación corresponde a la operatoria bancaria y no implica eliminar las obligaciones de registración de empleadores y trabajadores ante el IERIC.
Alcance de la obra
Segundo cambio: para retirar los fondos se deberá presentar una constancia emitida por ARCA que acredite el cese de la relación laboral. El requisito quedó incorporado al punto 3.1.6.4 del texto ordenado, que regula la transferencia del saldo una vez finalizado el vínculo laboral. La comunicación no establece que sea el único documento que pueda requerirse.
Tercer cambio: los bancos podrán habilitar que trabajador y empleador consulten el saldo y el detalle de los depósitos por home banking y por mobile banking o aplicación bancaria. La norma no impone la disponibilidad automática de estos canales en todas las entidades: dependerá de cada banco.
Impacto esperado
Dentro de las 48 horas de producido el cese, el empleador debe solicitar la transferencia a la cuenta que el trabajador indique. El plazo corresponde a la solicitud, no a la acreditación bancaria.
El trabajador puede retirar los fondos en efectivo. Si opta por la transferencia y no tiene cuenta a la vista, el banco debe abrirle una caja de ahorros en pesos.




